REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
SAN FRANCISCO, 05 DE OCTUBRE DE 2006
196º Y 147°
ACTA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
RESOLUCIÓN N° 1411 -06- Causa N° 8C-656-06.-
ACTA N° 394-06-
En el día de hoy Jueves (05) de octubre de 2.006, siendo las dos (2:00) de la tarde, se presentó por ante este Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el Fiscal Auxiliar Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público Abog. ALEXIS PEROZO quien expone: “De las actuaciones recibidas se observa la presunta comisión de los delitos de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el Artículo 473, encabezado, del Código Penal, e igualmente la presunta comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el Artículo 175 ejusdem, por parte del Ciudadano TIRSO ENRIQUE LEÓN VILLASMIL, ambos delitos a instancia de parte agraviada, a través de querella del agraviado, lo que evidencia que ambos delitos son de acción privada, siendo lo procedente, solicitar la Libertad Inmediata del ciudadano TIRSO ENRIQUE LEON VILLASMIL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar. Es Todo”. Escuchada como ha sido en este acto la solicitud realizada por el Ministerio Público, este Tribunal tomando en cuenta las actuaciones presentadas observa que del acta policial inserta en el folio 3° que el Ciudadano Tirso Enrique León Villasmil, fue aprendido por funcionarios adscritos a la Policía Municipal de San Francisco, una vez que fue señalado por la Ciudadana Judith Margarita Muñoz, quien me informó que a su casa llegaron varias personas y que una de ellas le había sacado un arma de fuego y le realizó dos disparos impactando uno de ellos en la ventana de su vivienda de igual forma me indicó que el ciudadano agresor vestía un pantalón de color azul y una camisa blanca, quien al bajarse del vehiculo en el que estaba caminaba con dificultad, por lo antes expuesto el funcionario actuante procedió en compañía de la denunciante a realizar un patrullaje en la adyacencias del lugar, logrando ver a un ciudadano con las características antes mencionadas, en el Barrio El Perú calle 19 con avenida 05, quien fue señalado por la denunciante como el autor de los disparos, por lo que llegue al lugar, procediendo al arresto del ciudadano, en el folio N° 4 Denuncia Verbal, interpuesta por la Ciudadana JUDITH MARGARITA MUÑOZ, en la que manifiesta entre otras cosas que estaba en su casa durmiendo con su hijo, cuando este le indica que se levante rápido porque alguien había tumbado el escaparate que esta pegado a la ventana, y al ratico llegaron en un carro una muchacha llamada CRISMAR, dos muchachas mas y dos tipos, comenzaron a insultarme y me decían que sacara a mi hijo de la casa para golpearlo ya que Crismar dice que mi hijo le agarro un reloj, luego se fueron y regresaron nuevamente para discutir con migo, en ese momento un muchacho se bajo del vehículo y efectuó dos disparos, y de ahí ellos se fueron, igualmente corre inserta al folio 7, Acta de Inspección donde se evidencia que una de las ventanas tiene los cristales fracturados y que estos se encuentran en el suelo, y en el folio 8, las fotografías donde se evidencia el lugar donde se desarrollaron los hechos; en razón de tales hechos y previa solicitud realizada por la Vindicta Pública, considera esta Juzgadora procedente y ajustado a derecho Decretar la LIBERTAD INMEDIATA, a favor del Ciudadano TIRSO ENRIQUE LEON VILLASMIL, tomando en cuenta los principios garantista del debido proceso, presunción de inocencia y afirmación de libertad establecidos en los articulo 1, 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los numerales 1 y 3 del articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se ordena oficiar a la Policía Municipal de San Francisco, a los fines de que sea puesto en Inmediata Libertad. Y ASÍ SE DECIDE. Por los fundamentos de hecho y derecho anteriormente expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA, al ciudadano TIRSO ENRIQUE LEÓN VILLASMIL, titular de la cédula de identidad número V.- 15.719.061, de 25 años de edad, profesión u oficio Comerciante, residenciado en el barrio Mavieja calle 24 con avenida 10 casa número 22A-143”, tomando en cuenta los principios garantista del debido proceso, presunción de inocencia y afirmación de libertad establecidos en los articulo 1, 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los numerales 1 y 3 del articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así como también la naturaleza de los delitos que nos ocupan en la presente Causa, como son DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el Artículo 473, encabezado, del Código Penal, e igualmente la presunta comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el Artículo 175 ejusdem, los cuales son a instancia de parte agraviada, es decir, proceden a través de querella del agraviado . Se hace saber a las partes que quedan notificadas de la presente decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara cerrado el presente acto siendo las cuatro (4:00) de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman. REGÍSTRESE. OFÍCIESE. CÚMPLASE.
LA JUEZ OCTAVO DE CONTROL
DRA. DORIS NARDINI RIVAS.
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,
ABG. ALEXIS PEROZO
LA SECRETARIA,
ABOG. INGRID GERALDINO.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se registró la presente decisión y se oficio al Director de la Policía Municipal de San Francisco remitiéndosele la Boleta de Libertad.-
LA SECRETARIA,
DNR/ng.-
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