EXP. 00927-06

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
CORTE SUPERIOR
SALA DE APELACION



JUEZ PONENTE: OLGA M. RUIZ AGUIRRE


Vista la inhibición formulada por la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, abogada INES HERNANDEZ PIÑA, a la cual dio entrada esta alzada en fecha 18 de octubre de 2006, donde manifiesta impedimento para conocer en el expediente contentivo de juicio de Inquisición de Paternidad intentado por la ciudadana MARIA GABRIELA NUÑEZ CRUZ contra el ciudadano ONELIO ANGEL ROMERO GANDO y a favor de la niña PIERINA MICHELLE NUÑEZ CRUZ; habiéndose designado ponente en fecha 19 de octubre de 2006, a quien con tal carácter suscribe el presente fallo, esta Corte Superior procede a resolver de conformidad con el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por ser la competente para ello, y decide en los siguientes términos:

I

Mediante acta suscrita en fecha 12 de julio de 2006, la abogada INES HERNANDEZ PIÑA, en su carácter de Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expone que emitió opinión al fondo en la causa cuando declaró sin lugar la defensa de falta de cualidad de la parte demandante para intentar la acción, y habiendo esta Alzada declarado por sentencia dictada en fecha 16 de febrero de 2006, Nulo el punto “b” de la sentencia interlocutoria que dictó el 16 de junio de 2005, se inhibe de conocer este asunto, por estar incursa en la causal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil



II

La Sala para decidir observa:

Consta en actas, copia de la sentencia interlocutoria dictada en fecha 16 de junio de 2005 por la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio de Inquisición de Paternidad propuesto por la ciudadana MARIA GABRIELA NUÑEZ CRUZ contra el ciudadano ONELIO ANGEL ROMERO GANDO y a favor de la niña PIERINA MICHELLE NUÑEZ CRUZ; asimismo, copia de la sentencia interlocutoria dictada en fecha 16 de febrero de 2006 por esta Corte Superior, en la cual declara con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada contra la mencionada sentencia de fecha 16 de junio de 2005, y, nulo el punto “b” de la misma, mediante el cual declara “SIN LUGAR LA DEFENSA DE FALTA DE CUALIDAD DE LA CIUDADANA MARIA GABRIELA NUÑEZ CRUZ PARA INTENTAR LA PRESENTE ACCION DE INQUISICIÓN DE PATERNIDAD PROPUESTA POR EL ABOGADO LUIS JOSE REYES CHACIN, ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE APODERADO JUDICIAL DEL CIUDADANO ONELIO ANGEL ROMERO GANDO”, por cuanto la defensa alegada debe ser resuelta como punto previo en la sentencia definitiva.

En consecuencia, considera esta Corte Superior, que la Juez inhibida efectivamente emitió opinión al fondo en la causa, y estando formulada su exposición conforme a lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se encuentran llenos los extremos de ley, para declarar válidamente la inhibición formulada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 88 ejusdem. Así se declara.

III

Por los fundamentos expuestos, esta Sala de Apelación de la CORTE SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, abogada INES HERNANDEZ PIÑA, y la aparta del conocimiento en el juicio de Inquisición de Paternidad intentado por la ciudadana MARIA GABRIELA NUÑEZ CRUZ contra el ciudadano ONELIO ANGEL ROMERO GANDO y a favor de la niña PIERINA MICHELLE NUÑEZ CRUZ.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

Déjese copia certificada para el archivo de esta Corte.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado en la avenida 4 (Bella Vista), en la planta baja del Edificio “Arauca”, sede del Poder Judicial, en Maracaibo, a los veintitrés (23) días del mes de octubre de dos mil seis (2006). AÑOS: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Juez Presidente Ponente,

OLGA M. RUIZ AGUIIRE

Las Jueces Profesionales,

CONSUELO TROCONIS MARTINEZ BEATRIZ BASTIDAS RAGGIO

La Secretaria,

Karelis Molero García

En la misma fecha quedó registrado el fallo anterior bajo el N°.”113”, en el Libro de Sentencias Interlocutorias llevado por esta Corte Superior durante el año dos mil seis. La Secretaria,

Exp. N° 00927-06/P.53-06.-
ORA/ora.-