JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 19 octubre de 2006
196° y 147º
Visto el convenimiento celebrado por el abogado en ejercicio THOMAS CRUZ BAVARESCO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 76.983 y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., y observando este Tribunal que se han cumplido con las exigencias estipuladas en el auto de fecha 10 de octubre del presente año, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, propusiere la Sociedad Mercantil CAJA FAMILIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., contra los ciudadanos BALMORE BRAVO, DENIS GONZÁLEZ DE BRAVO, ANGELA ARTEAGA DE BRAVO Y VICTOR MANUEL BRAVO ; en el expediente signado con el N° 39.321 de la nomenclatura particular llevada por este Juzgado, todos plenamente identificados en actas, y constatadas como han sido las facultades de los actuantes en el presente convenimiento, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación al convenimiento celebrado en el sentido solicitado, y lo pasa en autoridad de cosa juzgada. Así mismo se ordena el archivo del expediente, devolver el original solicitado y suspender las medidas decretadas por este Juzgado y ejecutadas. Se acuerda hacer la partición correspondiente al Registrador Subalterno.- ASÍ SE DECIDE.- OFICIÉSE.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL:
DRA. DILCIA MOLERO REVEROL LA SECRETARIA
ABOG. LORENA FLORES MUÑOZ
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