En horas de despacho del día de hoy VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2006, siendo LA 1:45 P.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue MARILIN COROMOTO PALENCIA GONZALEZ contra JOSE BERNARDO RODRIGUEZ ISEA y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de PDVSA, se procedió a notificar a MARIA HENRIQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.162.457 con el carácter de ABOGADO y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano JOSE BERNARDO RODRIGUEZ ISEA, titular de la Cédula de Identidad Número V-14.449.497 como Trabajador al servicio de la Empresa PETROLEOS DE VENEZUELA, (PDVSA) y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano JOSE BERNARDO RODRIGUEZ ISEA, parte demandada es trabajador al servicio de PDVSA.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Empresa.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS: 1) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL, las cuales deberán ser entregadas mensual y directamente a la demandante de autos Ciudadana MARILIN COROMOTO PALENCIA GONZALEZ. C.I. N° V-16.631.107.- 2) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DE UTILIDADES Y BONO VACACIONAL PARA EL PRESENTE AÑO 2006 QUE DEVENGUE EL DEMANDADO, las cuales deberán ser remitidas, en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS. EXP. 32.779. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO :
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA SECRETARIA
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