REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 3331-06
En horas de despacho del día de hoy 06 de Octubre del año dos mil seis, siendo las 10:55 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en la sede del Registro Inmobiliario Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, ubicada en el Centro Comercial Santa Bárbara, Maracaibo Estado Zulia a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo comisionada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 01, con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana LEDYS MARIA GUTIERREZ GARCIA, portadora de la Cédula de Identidad No. 7.860.819, a favor de los niños y adolescentes MARIA FERNANDA Y FERNANDO JOSE MORILLO GUTIERREZ contra el ciudadano FERNANDO MORILLO, portador de la Cédula de Identidad N°. 11.918.762. En este estado presente el ciudadano (a) EFRAÍN GALLARDO, titular de la Cédula de Identidad N° 14.922.391, quien se identificó con el carácter de: ABOGADO I REVISOR, acto seguido el Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO: A) sobre EL OCHENTA POR CIENTO (80%) sobre las PRESTACIONES SOCIALES, que le puedan corresponder al ciudadano FERNANDO MORILLO, portador de la Cédula de Identidad No. 11.918.762, o sobre cualquier otro concepto que le pueda adeudar la Oficina de Registro como Funcionario Público con el cargo de ESCRIBIENTE DE REGISTRO I, adscrito al Registro Inmobiliario Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia , Las cantidades a retener establecidas en el literal “A” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 01. EXP: 9318, los cuales se recibirán solo los días Martes y Jueves.- Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; ordenando retener las mismas y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Funcionario o no de ese Organismo Público; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.-. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:00 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
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