REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 3310-06
En horas de despacho del día de hoy seis (06) de Octubre del año dos mil seis, siendo las 3: 15 PM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Rectorado de la Universidad del Zulia, ubicada en la avenida 16 (Guajira), Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la Ejecución de la medida decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 01, con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana MARIA LUISA URDANETA FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.820.068, en contra el ciudadano ERASMO ARTURO SANTANA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.162.570, a favor del niño o adolescente ARTURO RAFAEL SANTANA URDANETA. En este estado presente el ciudadano (a): LEONARDO MORALES, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 7.710.307, quien se identificó con el carácter de: ABOGADO.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO SOBRE: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, que le corresponda al ciudadano ERASMO ARTURO SANTANA DELGADO, antes identificado, como obrero al servicio de la Facultad de Medicina de la Universidad del Zulia. B) EL VEINTE POR CIENTO (20%), de lo que devengue el reclamado por concepto de bonificaciones especiales de fin de año. C) EL VEINTE POR CIENTO (20%), sobre las utilidades, bono vacacional o vacaciones. D) EL CIEN POR CIENTO (100%), en caso de que el ciudadano reclamado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes. E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las cantidades que por concepto de Caja de Ahorros, Prestaciones Sociales, Fideicomiso y cualquier otra cantidad que pueda corresponderle al obligado en caso de retiro, jubilación, o Muerte, Meritocracia, o por haber terminado su relación laboral. Las cantidades de dinero a retener establecidas en los literales “A”, “B”, “C”y “D” deberá ser entregados directamente a la demandante ciudadana MARIA LUISA URDANETA FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.820.068, o deberán ser remitidas en cheque de Gerencia al Tribunal de la causa y la contenida en el literal “E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA No 01. EXP: 8757, el cual solo recibe cheques los días Martes y Jueves. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados. Acto seguido, el (la) notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado de la medida ejecutada en este acto”. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 3:20 PM, del día de hoy.
LA JUEZ
EL (LA) NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO
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