REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISIÓN: 3347-06

En horas de despacho del día de hoy 13 de Octubre del año dos mil seis, siendo las 9:25 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las sede de INASS ( Instituto Nacional del Seguro Social, ubicada en la avenida el Milagro al lado de la Primera División de Infantería del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 02 con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana YASENI COROMOTO GOMEZ MEDINA, titular de la Cédula de Identidad No. 16.559.207, en relación con los niños y/o adolescentes JOSE ALBERTO, ALBERTO JOSE Y YULEXY CAROLINA ROMERO GOMEZ en contra el ciudadano JHONNY HENRRY ROMERO FARIA, titular de la Cédula de Identidad No. 14.117.223.- En este estado presente el ciudadano (a): DALIA FUENMAYOR, titular de la Cédula de Identidad N° 4.536.423, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE ANALISTA.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, ORDENO RETENER: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo, que devenga el ciudadano JHONNY HENRRY ROMERO FARIA, titular de la Cédula de Identidad No. 14.117.223, como OBRERO del Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) .- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual del bono vacacional y vacaciones.- D) en caso de que el demandado goce de los beneficios de prima por hijos, útiles escolares y juguetes retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos.- E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al ciudadano demandado, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” , “C” y “D” “E” deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA No 02.- EXP: 8666.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:30 AM.-

LA JUEZ:





EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: