REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
El día de hoy, 18 de Octubre del año Dos Mil seis 2006), siendo las 11:00 de la mañana día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo preventiva decretada en el Juicio de PENSION DE ALIMENTOS seguido por la ciudadana CHIQUINQUIRA CARRASCO DE VASQUEZ, Titular de la cedula de identidad N° V-6.685.965 en contra del ciudadano ANDRES RAMON VASQUEZ, Titular de la cedula de identidad N°V_ 5.105.575 por ante el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora ciudadana CHIQUINQUIRA CARRASCO DE VASQUEZ, antes identificada asistida en este acto por el Abogado en ejercicio EDDIN MARCANO SANOJA Titular de la cedula de identidad N° V-16.302.553 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 114.939 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa CONSORCIO ZUMAQUE ubicada en: LA CARRETERA “N” SECTOR EL DANTO, EDIFICIO CONSORCIO ZUMAQUE Ciudad Ojeda, municipio LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): JENNY JOSEFINA CAMACARO BRACHO, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad numero: V-10.206.925.- En su carácter de: COORDINADORA DE RECURSOS HUMANOS de la mencionada Empresa.- En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha expuso: Señalo al tribunal para que sea embargada preventivamente PRIMERO: UN TREINTA POR CIENTO (30%) del SALARIO, que le puedan corresponder al demandado ANDRES RAMON VASQUEZ, antes identificado, como trabajador al servicio de esa empresa CONSORCIO ZUMAQUE SEGUNDO: Sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) de las UTILIDADES de fin de año, BONO VACACIONAL Y FICHA DE COMISARIATO, O SU EQUIVALENTE EN CESTA TICKETS O SU EQUIVALENTE EN DINERO que le pudieran corresponder al ya nombrado ciudadano ANDRES RAMON VASQUEZ, como empleado de CONSORCIO ZUMAQUE.-Las cantidades de dinero deberan ser remitidas al JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaiboen cheque de gerencia a nombre del mismo.-