REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
Despacho de Medida Nº 4192
En el día de hoy cinco ( 05 ) de Octubre de 2.006, siendo las once y veinte minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Corporación de Actividades Petroleras C.A. ( COAPETROL), ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL N° 03, con sede en Maracaibo, en el Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana EVANGELINA ESTHER LOPEZ DE ANILLO, titular de la cédula de identidad N° V-7.791.658, a favor de los niños y/o adolescentes EDUIN JESUS y YESID EDUARDO ANILLO LOPEZ en contra del ciudadano YESID EDUARDO ANILLO ARRIETA, titular de la cédula de identidad N° V-22.468.577. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano Dangelbert Romero, titular de la cédula de identidad Nº 11.256.801, en su condición de Supervisor de Recursos Humanos. En este estado presente la ciudadana EVANGELINA ESTHER LOPEZ DE ANILLO, titular de la cédula de identidad N° V-7.791.658, asistida en este acto por el abogado en ejercicio ERIC DE JESUS BRACHO PICO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 82.665, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.