REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 4171
En el día de hoy treinta y uno ( 31) de Octubre de 2.006, siendo las doce y diez minutos de la tarde, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Tiveca, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NINO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO Nº 2. JUEZ UNIPERSONAL Nº 2 con sede en Cabimas. En el Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA, por la ciudadana ONESIMA JOSEFINA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-11.453.874 en contra del ciudadano JULIO RAMON CRESPO, titular de la cedula de identidad Nº V 7.752.256. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Samuel Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 1.059.980, en su condición de Vigilante. En este estado presente la ciudadana ONESIMA JOSEFINA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-11.453.874, asistida en este acto por la abogada DIAMELIS SANCHEZ, Defensora Publica Primera, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52261 Expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.