REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDAS N° 4184
En el día de hoy diez ( 10 ) de Octubre de dos mil seis (2.006), siendo las una y cuarenta minutos de la tarde, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede de la Empresa RENSER C.A., ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de Ejecutar Medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (Intimación) seguido por la SOCIEDAD MERCANTIL CASA DE LOS TABACOS BODEGON C.A en contra del ciudadano HENRY DIAZ ALVIAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.209.950. Seguidamente el Tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a la ciudadana Miriam Medina, titular de la cedula de identidad Nº 7.602.233, en su condición de Gerente Administrativo. En este estado, presente la abogada en ejercicio LORENA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.605, actuando como Apoderada Judicial de la parte actora, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el juzgado de la causa, sobre las PRESTACIONES SOCIALES que le puedan corresponder al ciudadano, HENRY DIAZ ALVIAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.209.950, en su condición de trabajador al servicio de la empresa RENSER C.A, hasta cubrir la cantidad SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 50 (Bs.6.473.371,50).