La Asunción, 23 de Octubre de 2006

Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal en Funciones de Control N° 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de fecha 02/10/2.006, dictada en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de Punta de Piedras, nacido en fecha XXXXXXXXXX, de 17 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° XXXXXXXXXXXX, hijo de los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, residenciados en la XXXXXXXXXXXXXXXX, de la Jurisdicción del Municipio XXXXXX del Estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS. En consecuencia este Tribunal en Funciones de Ejecución de la sección de Adolescentes del circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes Términos: PRIMERO: Impone al adolescente IDENTIDADES OMITIDAS, la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, contenida en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES consistente en: 1.1) someterse a la supervisión y asistencia de los departamentos de psicología y Psiquiatría adscritos al Consejote Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Tubores. SEGUNDO: Así mismo de manera simultanea se le Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la SANCIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, prevista en el articulo 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, POR EL LAPSO DE CUATRO (04) MESES, consistente en la obligación De: Prestar labor comunitaria, por un periodo de Cuatro (04) horas semanales en la Sede de Protección Civil de Punta de Piedras de la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta. Expídase por secretaría copia simple del presente auto y junto con boletas de notificación remítase a las partes. Cítese al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos, para el día MARTES SIETE (07) DE NOVIEMBRE DE 2006 a las 10:30 horas y Minutos de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. Notifíquese. Regístrese. Diaricese. Déjese copia del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,


DRA. PETRA MARCANO DE CERRADA.
EL SECRETARIO,



Abg. JOSE ABELARDO CASTILLO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-


EL SECRETARIO,



Abg. JOSE ABELARDO CASTILLO





ASUNTO N° OP01-P-2006-002988.
PMDC/Violeta***