REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 06 de octubre de dos mil seis
196º y 147º
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001682
PARTE ACTORA: NIVIS FINOL GUTIERREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Mercedes Hernández, Inpreabogado: 105.437.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARA DEL ESTADO ZULIA.-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Alberto Osorio, Inpreabogado: 83.409.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Hoy, 06 de octubre de 2006, siendo las 3:20 p.m., y no obstante que la prolongación estaba fijada para las 3:00 p.m., se comienza a levantar la presente acta a las 3:20 p.m., por cuanto se le concedió a la parte actora 20 min. de espera; estando presente el apoderado judicial de la demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARA DEL ESTADO ZULIA.-abogado Alberto Osorio, Inpreabogado: 83.409, se deja constancia que la parte actora no compareció a la prolongación de la audiencia, por cuanto no estuvo presente ni por sí, ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese, la presente decisión.-
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith del Carmen Castro
Apoderado Judicial de la Demandada.
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