REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diecinueve de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: VP01-L-2005-000562
Con vista a la demanda de Prestaciones Sociales y cumplimiento de contrato, intentada por la ciudadana ALEXARYS FLORES PEREIRA en contra de SERVICIO AUTÓNOMO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE MARACAIBO, este Tribunal luego de haber revisado el libelo de la demanda, encuentra que la misma es inadmisible por cuanto la parte no consigno la prueba de haber agotado el cumplimiento del procedimiento administrativo por ante el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, toda vez que opero la notificación tacita. Se ordena notificar a la parte actora de la sentencia Pronunciada.
Abog. Antonio Barroso
La Secretaría