N° DE EXPEDIENTE: VP01-S-2006-000192
PARTE ACTORA: EDWARD JOSE GONZALEZ DELGADO
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Odalis Corcho.
PARTE DEMANDADA: SUPER MEZCLA SAN REMO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No Acudieron.
MOTIVO: Calificación de Despido

En el día hábil de hoy 9 de Octubre de 2006, siendo las 9:25 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora EDWARD JOSÉ GONZALEZ DELGADO, representado por la ciudadana abogada en ejercicio Procuradora de Trabajadores Odalis Corcho impreabogado numero:105.871. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al reenganche inmediato del ciudadano EDWAR GONZALEZ a sus labores habituales como CONDUCTOR y al pago de los salarios caídos desde el momento de la notificación de la demandada hasta el momento que cumpla con su obligación. Así se decide. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 196.


El Juez

La Secretaria

Abog. Frank Guanipa





La Presente