REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, trece de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: VP01-L-2006-000284

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano Abogado RAMON TUVIÑEZ, suficientemente identificado en actas, quien actuando en su acreditado carácter de Apoderado Actor y teniendo facultad expresa para ello, procede, en nombre de sus patrocinados los demandantes FERMIN LÓPEZ, RAFAEL ARIAS y JUAN MEDINA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.828.047, 7.734.853 y 4.751.828 respectivamente, a desistir del presente procedimiento incoado en contra de la empresa CONSCARVI C.A., por reclamo de Prestaciones Sociales, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho desistimiento, impartiéndole su aprobación. Así se decide.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria