REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 09 de Noviembre de 2006
196º y 147º
DECISIÓN N° 692-06.- Causa No. 7E-060-05
Visto el oficio de fecha 03-11-06, emanado de la Cárcel Nacional de Maracaibo, mediante el cual solicita Permiso de Traslado del penado AUBERT JORGE LUIS, titular de la cédula de identidad 5.240.477, para participar en el I Pre-Congreso de Educación Superior Bolivariana, a realizarse en el Instituto Tecnologico de Cabimas, Esquina Ambrosio Urbanización La Estrella el día Sábado 11 de Noviembre 2006 de 2:00 PM a 7:00 de la tarde. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley del Régimen Penitenciario, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso, Autoriza el traslado del penado al referido I Pre- Congreso de Educación Superior Bolivariana.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Autoriza el Permiso de Traslado, con las seguridades del caso y la debida custodia del penado AUBERT JORGE LUIS, titular de la cédula de identidad 5.240.477, para participar en el participar en el I Pre-Congreso de Educación Superior Bolivariana, a realizarse en el Instituto Tecnologico de Cabimas, Esquina Ambrosio Urbanización La Estrella el día Sabado 11 de Noviembre 2006 de 2:00 PM a 7:00 de la tarde, conforme a lo establecido en el artículo 99 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual establece que: “Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado garantizará y fomentará….”; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y librese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo y al Capitán Jorge Luis Guzman, de la Segunda Compañía, del Destacamento N° 35 de la Guardia Nacional.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA AÑEZ A.
En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 692-06se ofició bajo el N° 7329 y 7330-06
MMA/mch
Causa No. 7E-060-05
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