REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 21 de Noviembre de 2006
196° y 147º



DECISIÓN N° 739-06. CAUSA N° 7E-102-03.

Vista la Comunicación de fecha 26-10-06, expedida por la Intendencia de Seguridad de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo, suscrita por el Intendente Lic. Jorge Acosta, en la cual expone que los penados: Filiberto Alberto Fernández y Nancy Josefina Urdaneta, culminaron con sus presentaciones ante ese Despacho. Este Tribunal de Ejecución de conformidad con el ordinal 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, considera procedente declarar la Extinción de la Pena por Pena Cumplida, lo cual hace previa las siguientes consideraciones:
Consta en actas que los penados: FILIBERTO ALBERTO FERNANDEZ Y NANCY JOSEFINA URDANETA URDANETA, en fecha 13-11-03, fueron Condenados por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.-
Ahora bien, en fecha 10-02-04 Y 09-03-04 este juzgado Séptimo de Ejecución les otorgó el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y fijó un plazo de régimen de prueba a los penados FILIBERTO ALBERTO FERNANDEZ Y NANCY JOSEFINA URDANETA URDANETA, por un lapso de DOS (02) AÑOS Y UN (01) MES al primero de los nombrados y por UN (01) AÑO Y DOS (02) MESES al segundo, contados a partir de la fecha antes indicada. Luego en fecha 18-04-06 este Juzgado Declara LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PENA POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, quedando sujetos a las Accesorias de Ley hasta el día 26-10-06. Ahora bien por cuanto dichos penados han cumplido satisfactoriamente con las condiciones impuestas por este Tribunal, considera esta Juzgadora, procedente declarar la Extinción de la Pena por Cumplimiento de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.- ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PENA CUMPLIDA a favor de los penados: FILIBERTO ALBERTO FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.404.748, Venezolano, natural de Maracaibo, Soltero de profesión u oficio Taxista, hijo de Ángel Ciro Morales y Ángela Fernández Y NANCY JOSEFINA URDANETA URDANETA, titular de cédula de identidad N° 6.785.047, Venezolana, natural de Maracaibo, Soltera, de profesión oficios del hogar , hija de Irinaco Antonio Urdaneta y Graciela del Rosario de Urdaneta, residenciados en la Carretera la Concepción, vía a Mara, entrando por los piques fangueros, al frente del Abasto el Sombrerito, Municipio Jesús Enrique Losada, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ordénese el cierre de las presentaciones, pásese en Autoridad de Cosa Juzgada. Remítase la presente causa al Archivo Judicial en la oportunidad Legal correspondiente. Publíquese, Regístrese, Notifíquese.-
LA JUEZ.
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA AÑEZ ATENCIO
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 739-06, se libraron oficios N° 7690-06, 7691-06 y boletas de notificaciones bajo los Nos. 1627-06, 1628-06 Y 1629-06 con oficio al Alguacilazgo N° 7692-06.
LA SECRETARIA,
MMA/bh.-
CAUSA No. 7E-102-03.