República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control
Maracaibo
Maracaibo, 21 de Noviembre de 2006
196 y 147
CAUSA No 7C-7367-06 Decisión No. 4207-06
Corresponde al Tribunal vista y estudiada la solicitud de SOBRESEIMIENTO presentada por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con fundamento en lo dispuesto en el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en la investigación penal contenida en la actuaciones de la Causa signada por este Tribunal bajo el No.7C-7367-06; antes de decidir este Juzgado de Control Observa lo siguiente:
I
Se recibió de la Fiscalia Cuarta el presente expediente en relación a la Trascripción de Novedades, en fecha 10 de Marzo de 2000 se recibió del Municipio Maracaibo de San Francisco, un oficio donde se le notificada a la Doctora Dioneida Manjares de Chacinas ciertas irregularidades que se han venido desarrollando en el transcurso del tiempo en la Jefatura Civil omitila Flores, por la licenciada Deisy Molina, tales como: jornadas de presentación de niños en días y horas no hábiles, en donde se suscribe sobre las actas solo el nombre del niño a presentarse y el nombre y firma de los representantes y el resto de la presentación en blanco trayendo esta como consecuencia la alteración de nombres y apellidos en los duplicados de las actas.
Ahora bien, del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que sustentan la solicitud Fiscal se observa que no existen elementos de convicción para determinar que existe delito alguno. Por ello es procedente y ajustado a Derecho proveer favorablemente la solicitud Fiscal y ordenar el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho que dio origen a la investigación no reviste carácter penal y carece de tipicidad alguna y así se Declara.
II
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida a DEISY MOLINA, por comisión de uno de los delitos IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS, en conformidad con lo dispuesto en el Artículos 318 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, acogiendo así la solicitud Fiscal. Regístrese esta decisión; déjese copia en Archivo y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial Central del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en su oportunidad Legal.
LA JUEZ DE CONTROL,
DRA. EGLEE RAMIREZ
LA SECRETARIA (S),
ABOG. MILAGROS CHIRINOS
En la misma fecha, se registró esta Decisión bajo el No. 4207-06, en el libro de Registros de Resoluciones llevado por este Tribunal; se compulsó copia de archivo y se notifico.
LA SECRETARIA (S),
ABOG. MILAGROS CHIRINOS
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