República Bolivariana de Venezuela



Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 20 de Noviembre de 2006
196° y 147°

ACTA DE DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA ORAL 323 DEL COPP

CAUSA: 7C-7041-06 DECISION Nº 4152-06

JUEZ: DRA. EGLEE RAMÍREZ.

SECRETARIO: ABOGADO MILAGROS CHIRINOS

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

MINISTERIO PÚBLICO: DR. JOSE LUIS RINCON FISCAL CUADRAGESIMO PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO.

IMPUTADO (S): OMAR ENRIQUE LOPEZ CHIRINOS.-

DELITO (S): SUPLANTACION, ALTERACION Y CAMBIO DE IDENTIFICACION DEL SERIAL DE CARROCERIA.-

VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO

En el día de hoy, Lunes (20) de Noviembre de Dos Mil Seis (2006), siendo las Doce del Mediodía (12:00 a.m.), día y hora fijados por este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para la celebración de la AUDIENCIA ORAL, de conformidad con lo previsto en el vigente articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como Imputado OMAR ENRIQUE LOPEZ CHIRINOS, por la presunta comisión del delito de SUPLANTACION, ALTERACION Y CAMBIO DE IDENTIFICACION DEL SERIAL DE CARROCERIA, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se constituyó el Tribunal, con la ciudadana Dra. EGLEE RAMÍREZ, actuando como Juez, en compañía del ciudadano ABOGADO MILAGROS CHIRINOS, en su carácter de Secretario Suplente de este Tribunal. Verificada la presencia de las partes se puede constatar que se encuentra presente: el Fiscal del Ministerio Publico Abogado José Luis Rincón, la Abogada Yenny Atencio Impreabogado 83642 y el ciudadano OMAR LOPEZ CHIRINOS, en su carácter de imputado. Acto seguido el Ministerio Público solicita la palabra y expone: “ Ratifico la solicitud de Sobreseimiento, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo”. Seguidamente, este Tribunal resuelve de la manera siguiente: Considera este Tribunal que al analizar las actas, donde en fecha 2 de Julio del año 2004, donde al realizarle inspección al vehiculo marca: Ford, modelo: granada, clase: automóvil, tipo: sedan, placas P/ 7VB-0697, SERIAL DE CARROCERIA: AJ26FU35826, SERIAL DEL MOTOR: 6-C, AÑO: 1985, COLOR: ROJO, se pudo constatar que el serial de carrocería placa VIN falsa y desincorporado, serial de carrocería placa BODY desincorporada, serial de carrocería DASH PANEL falsa y suplantada, serial de seguridad desincorporada, no pudiendo recabar evidencias de interés criminalistico, donde desde el año 2004, no se han realizado más evidencias que puedan fundamentar la solicitud, por parte del Ministerio Público, del enjuiciamiento de alguna persona, por lo que procede en derecho la solicitud del Ministerio Público; y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEMIENTO DE LA CAUSA, a favor de OMAR ENRIQUE LOPEZ CHIRINOS, por el delito de SUPLANTACION, ALTERACION Y CAMBIO DE IDENTIFICACION DEL SERIAL DE CARROCERIA, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el hurto o Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Y ASI SE DECIDE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEMIENTO DE LA CAUSA, a favor de OMAR ENRIQUE LOPEZ CHIRINOS, por el delito de SUPLANTACION, ALTERACION Y CAMBIO DE IDENTIFICACION DEL SERIAL DE CARROCERIA, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el hurto o Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 1º del Articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de ley para este acto. Quedan notificadas las partes del contenido de esta acta y se acuerda notificar a las partes inasistentes. Concluye el acto siendo las Nueve y Veinte Nueve minutos de la mañana (09:29 a.m.). Termino se leyó y conformes Firman.-
LA JUEZ SÉPTIMO DE CONTROL

DRA. EGLEE RAMÍREZ

ELFISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO


ABOG. JOSE LUIS RINCON


EL IMPUTADO


OMAR LOPEZ


DEFENSA PRIVADA

YENNY ATENCIO


EL SECRETARIO

ABOGADO MILAGROS CHIRINOS

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta acta, queda registrada la presente decisión bajo el Nª 4152-06.-.

EL SECRETARIO

ABOGADO MILAGROS CHIRINOS

CAUSA N° 7C-7041-06