REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO
Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- Maracaibo, 03 de noviembre de 2006.- 196° y 147°.- Visto el convenimiento celebrado entre la ciudadana Gina Pampena de Visca, en su carácter de presidente de la empresa GIGEMA, C.A, parte actora representada por el abogado en ejercicio José Bermúdez y la demandada de actas ciudadana Legia María Gutiérrez, asistida por la abogada Yanmel Ramírez, identificados en actas, en fecha 31 de octubre de 2006, donde dan por terminado el presente juicio y vistas las facultades otorgadas al apoderado judicial de la parte actora, el Tribunal le imparte la aprobación al convenimiento celebrado homologándolo y le da el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil que establece: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal”. Asimismo se ordena el archivo del expediente.
La Juez,
Abog. Maria del Pilar Faría Romero.
La Secretaria,
Abog. Ada Jiménez.
Expediente 1.596-06.