REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, Siete de Noviembre de 2006
196°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.y.-.-.-.-.-.--.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.147°
En el día de hoy, siete (07) de Noviembre del año Dos Mil Seis (2006), día y fecha fijado para llevar a efecto este acto, y siendo las 9.05 AM de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, catatumbo, Colón, francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento del Abogado en Ejercicio JESUS ALEXANDER ROSALES CORTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.190.864, e Inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 68.803, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la parte Ejecutante según PODER APUD ACTA, el cual corre a las Actas del presente expediente en el folio 10 y su vuelto, en la Empresa AGROSER VICIOS LAGO, C. A., Ubicada en la Vía que conduce de la Iglesia del Caserío El Remolino hacia a La Hacienda San Thomas, Parroquia Santa Cruz de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre el total de las acciones que posee el Ejecutado ciudadano NELSON ENRIQUE LAGO MAESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.904.448, la cual asciende a QUINCE MIL (15.000,oo) ACCIONES, en la Empresa AGROSER VICIOS LAGO, C. A., (AGROLAGO C. A.); así mismo se deberá estampar la nota marginal en los Libros de Registro de Comercio llevados por esa Empresa sobre las acciones antes indicadas, según lo ordenado en el Expediente signado con el N° 06-2.132 por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a Notificar de la presente Medida al ciudadano Ejecutado NELSON ENRIQUE LAGO MAESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.904.448, quien manifestó al Tribunal que en el inmueble acá el no posee el Libro de Accionistas, ya que se encuentra en la Población de Santa Bárbara en la Oficina del Contador. El Tribunal deja constancia que el ciudadano aparece en su Cédula de con el nombre de NELSON ENRIQUE LAGO MAESTRE, titular de la cédula de Identidad N° 11.046.156, apareciendo un error material aparente en la comisión, ya que cuya Cédula de Identidad del ciudadano NELSON ENRIQUE LAGO MAESTRE, tiene el número 7.904.448, y en el Acta Constitutiva anexa coincide su número con el de su Cédula, es decir, 11.046.156. En este estado ocurrió el abogado actor y expuso: Solicito a éste Tribunal se Oficie al Registrador Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, para que estampe la nota marginal de Prohibición de venta de las acciones, de igual forma solicito se me nombre Correo Especial para llevar dicho Oficio ante el Registro Mercantil es todo. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY declara: EMBARGADAS EJECUTIVAMENTE las ACCIONES Ut-Supra Identificadas, según lo ordenado por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Santa Bárbara de Zulia y se ordena Oficiar al ciudadano Registrador Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la ciudad de Maracaibo, Registrado bajo el N° 5 Tomo 1A. Enmendado. Estampe. Terminó, se leyó y conforme firman.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Apoderado Judicial de la parte Ejecutante,
El Notificado Ejecutado,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 08 de Noviembre de 2006
196°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.y.-.-.-.-.-.--.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.147°
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver original con sus resultas al Juzgado Comitente, mediante oficio. Cúmplase.-
El Juez;
Abgdo. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ.-
El Secretario;
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve constante de dieciséis (16) folios útiles, mediante oficio número 6150-138.
El Secretario;
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-
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