REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 29 de Noviembre de 2006
196°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.y.-.-.-.-.-.--.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.147°


En el día de hoy, veintinueve de Noviembre del año Dos Mil Seis (2006), día y fecha para llevar a efecto este acto, y siendo las nueve de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún , Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la Ejecutante ciudadana MARIA DEL CARMEN PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.946.246, asistida en este acto por la Defensora Publica, Extensión Santa Bárbara de Zulia, abogada MARIA MILAGROS SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.757.240, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.074, a los fines de practicar MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre los siguientes conceptos; A) El cuarenta por ciento (40%) del sueldo que devenga el ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ GIRON, como Trabajador de la Empresa TRANSPORTE LOS SARCOS, C. A. B) El cuarenta por ciento (40%) sobre las vacaciones y /o Bono Vacacional. C) El cuarenta por ciento (40%) sobre las utilidades o bonificación especial que le pueda corresponder al ciudadano demandado. D) En caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares, bonificación del plan vacacional en caso de no ser disfrutado, becas estudiantiles y juguetes retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos. E) El cuarenta por ciento (40%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y sobre cualquier otro concepto que pueda corresponderle al ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ GIRON, con ocasión de su relación laboral, en caso de despido, incapacidad, jubilación, retiro voluntario o por muerte. Las cantidades a retener establecidas en los literales “A”, “B”, “C”, y “D”, deberán ser entregadas directamente a la demandante de autos o remitirlas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Juez Unipersonal N° 1. Las cantidades a retener establecidas en los literales “E” deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Juez Unipersonal N° 1. Con respecto al literal “D” el ciudadano ALI SARCOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.372.570, quien manifestó al Tribunal ser el dueño de la Empresa y Patrono del ciudadano demandado manifiesto que el trabajador no goza de los beneficios del literal “D”; y con respecto al sueldo básico mensual es de QUINIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS BOLIVARES mensuales; el bono vacacional fraccionario por cuanto tiene seis meses en esta Empresa ubicada Avenida 10-A, antes calle Ayacucho N° 3-79 de la Población y Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara; EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE los literales “A”, “B”, “C” y “E”, según lo ordenado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 1.- Así mismo se le ordena que una vez retenidas las cantidades anteriormente especificadas en cada uno de los literales mencionados sean remitidas en CHEQUE DE GERENCIA a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 1. Se cerró el acto siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana. Enmendado: Mañana. Vale. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Ejecutante y la Defensora Pública Extensión Santa Bárbara de Zulia
El Propietario de la Empresa Notificado,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 29 de Noviembre de 2006
196°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.y.-.-.-.-.-.--.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.147°

Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES

En la misma fecha conforme a lo ordenado, se remite constante de doce (12) folios útiles, mediante Oficio número 6150-149.-

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES