En horas de despacho del día de hoy VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2006, siendo LAS 2:45 P.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue MARIA MARQUEZ DE RODRIGUEZ contra RAFAEL ARCANGEL RODRIGUEZ y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Procuraduría del Estado Zulia, se procedió a notificar a SANDRA PALENCIA, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.774.534 con el carácter de COORDINADOR y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.084.288 como Pensionado de la Policía Regional del Estado Zulia y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRIGUEZ, parte demandada es trabajador Pensionado de la Policía del Estado Zulia.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de la Gobernación del Zulia.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO EL TREINTA POR CIENTO (30%) de la Pensión por Invalidez, Utilidades o Aguinaldos, Retroactivos y cualquier otro beneficio que puedan corresponderle al ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Número V-9-084.288, como Pensionado de la Policía Regional del Estado Zulia. Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas, en Cheque de Gerencia, al JUZGADO DE CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP. 9951. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO :

ABOG. GUILLERMO INFANTE


LA SECRETARIA