En horas de Despacho de hoy, MARTES VEINTIUNO (21) de Noviembre de dos mil Seis, siendo las ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:30 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la Sociedad Mercantil INVERSIONES MODERNAS, C.A. (INMOCA) contra la ASOCIACION CIVIL LEON BOSCAN Y ASOCIADOS, CONTADORES PUBLICOS INDEPENDIENTES. Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado FRANCISCO RANGEL HERNANDEZ, específicamente en un local signado con el número 2-B, ubicado en el segundo piso del Edificio NCR, No. 62A-127, situado en la Avenida 4 (Bella Vista) con calle 64, Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el Tribunal en el sitio señalado se procedió a notificar al ciudadano FRANCISCO SEGUNDO BOSCAN URDANETA, titular de la Cédula de Identidad número V-4.154.580, con el carácter de PRESIDENTE de la ASOCIACION CIVIL LEON BOSCAN Y ASOCIADOS, CONTADORES PUBLICOS INDEPENDIENTES. y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del tribunal y debidamente asistido en este acto por el abogado FERNANDO MARTINEZ, Inpreabogado No. 54.197, expuso: “ En este acto hago formal ofrecimiento de cancelación a la empresa demandante, de los siguientes conceptos que comprenden los cánones de arrendamiento no cancelados, desde el mes de Junio de 2006 hasta el mes de Diciembre de 2006, las penalidades y los honorarios profesionales que comprende un monto de UN MILLON SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEITE BOLIVARES (Bs.1.719.967,oo) mediante cheque No. 00000473 de la cuenta No. 01160126090004392272 de la demandada, girado contra el Banco Occidental de Descuento a favor del Abogado FRANCISCO RANGEL, apoderado de la demandante; Asimismo, la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA BOLIVARES (BS. 2.298.630, oo) consignados a favor de la Sociedad Mercantil Inversiones Moderna C.A. en el Juzgado Segundo de Municipios de esta Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la causa signada con el No. C-092. Finalmente, solicito a la parte demandante la oportunidad de hacer entrega formal del inmueble arrendado, previo inventario y aceptación de la misma para realizarlo el CINCO (05) de Enero de 2007 para así de esta manera dar cumplimiento al convenimiento celebrado entre las partes en este acto. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, expuso: “En nombre de mi representada Inversiones Modernas C.A., acepto el ofrecimiento realizado en este acto por el representante legal de la parte demandada con el cual paga todos los conceptos adeudados para disfrutar del inmueble hasta el día TREINTA Y UNO (31) de Diciembre de 2006 y así dar por finalizado el presente juicio, no quedando a deber nada ni por este ni por ningún otro concepto y haciendo satisfactorio las pretensiones exigidas por la demandante. Pido al tribunal se abstenga de ejecutar la medida de secuestro para la cual fue comisionado y mantenga la comisión en el despacho hasta tanto se de cumplimiento definitivo del convenimiento aquí celebrado”. Cumplida como ha sido la presente comisión, el Apoderado Judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumento para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ: EL NOTIFICADO Y SU
ABOGADO ASISTENTE:
ABOG. GUILLERMO INFANTE.
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:
LA SECRETARIA:
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