En horas de Despacho del día de hoy VIERNES DIEZ (10) DE NOVIEMBRE (2006) de Noviembre de dos mil Seis, siendo las DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:30 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR PRESTACIONES SOCIALES, sigue el Ciudadano LENIN GUERRERO VILLASMIL contra la Sociedad Mercantil SERVI EXPRESS CARGA Y ENCOMIENDA, C.A. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado CARLOS LEON, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANESCO, ubicado en la calle N° 71 con AV. 4 (BELLA VISTA). Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a MERCEDES DELGADO, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.167.574, con el carácter de GERENTE del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesta del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 01340052120523034936 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece a la Sociedad Mercantil URBANO UNO EXPRES, C.A. y el saldo disponible es la cantidad de CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 5.221.341,77). En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 5.221.341,77). que posee la Sociedad Mercantil URBANO UNO EXPRES, C.A., parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 01340052120523034936, , a fin de que sea embargada Ejecutivamente, conforme a lo decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA EJECUTIVAMENTE LA CANTIDAD DE CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 5.221.341,77). QUE POSEE LA SOCIEDAD MERCANTIL URBANO UNO EXPRES, C.A., PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO 01340052120523034936 Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signado bajo el número 03923773, girado contra BANESCO, BANCO UNIVERSAL, a nombre del JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD DE CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 5.221.341,77). En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, expuso: “Por cuanto el monto embargado no cubre el total de la cantidad decretada por el tribunal de la causa, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandad hasta cubrir dicho monto”: Cumplida como ha sido la presente comisión, el Apoderado Judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ :
LA NOTIFICADA:

ABOG. GUILLERMO INFANTE


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA


LA SECRETARIA