Comisión No. 1825/2006

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

196º y 147º


En el día de hoy, MIERCOLES QUINCE (15) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006), siendo las DIEZ Y CUARENTA Y CINCO horas de la MAÑANA (10:45 a.m), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la ejecución de la Medida Embargo Preventivo, decretada por el Juzgado Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS RPOFESIONALES, sigue las abogadas en ejercicio YOLEIDA PARRA DE GUTIERREZ y ZULEMA GARCIA VELASQUEZ, venezolanas mayores de edad, debidamente inscritas en el inpreabogado bajo los Nos 21.745 y 26.081, respectivamente, en contra del ciudadano JOHNNY OCANDO RINCON, portador de la Cédula de Identidad No. V.- 4.989.187, llevado en el expediente No. 15.796, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la co-demandante de autos, abogada en ejercicio ZULEMA GARCÍA VELÁSQUEZ, antes identificada, específicamente en la sede donde funciona el TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicado geográficamente en la Segunda Planta del Edificio Torre Mara, situado en la avenida 2 (El Milagro), en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal a la ciudadana EUNICE BEATRIZ STRUVE POLANCO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V.- 11.288.626, quien manifestó ser la JUEZA TEMPORAL del TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a quién se le impuso del contenido de la presente ejecución.- Seguidamente presente la co-demandante de autos, actuando en su propio nombre, abogada en ejercicio ZULEMA GARCIA VELASQUEZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 26.081, expuso: Solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas, proceda a practicar la medida de Embargo sobre los Derechos Litigiosos, que tiene el ciudadano JOHNNY OCANDO RINCON, portador de la Cédula de Identidad No. V.- 4.989.187, en el Exp. 15.796, llevado por el Tribunal Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, cuya causa versa sobre PRESTACIONES SOCIALES, seguido por el mencionado ciudadano, en contra de las Empresas GLOBAL SANTA FE DRILLING VENEZUELA C.A y P.D.V.S.A, todo hasta cubrir la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 30.000.000,00), suma esta decretada a embargar por el Tribunal de la Causa y la cual consta en actas, y una vez cumplida la misma se sirva remitir la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa.- En este estado, este Juzgado pasa a requerir de la Notificada (Jueza Temporal del Tribunal), información sobre lo señalado por la parte actora y en tal sentido, la Notificada, antes identificada, expuso: En efecto, sí cursa por ante este Tribunal, el expediente signado con el No. 15.796, en el Juicio que por PRESTACIONES SOCIALES, tiene incoado el ciudadano JOHNNY OCANDO RINCÓN, portador de la cédula de Identidad N° V.- 4.989.187, en contra de las empresas GLOBAL SANTA FE DRILLING VENEZUELA S.A y P.D.V.S.A; el referido expediente, se recibió por distribución, del extinto JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y se le dio entrada, en fecha nueve (09) de Julio de 2002.- De lo expuesto, deja expresa constancia este Tribunal Ejecutor, que tuvo a la vista el cuerpo físico del expediente en cuestión, y que se verificó la información suministrada.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los Derechos Litigiosos, que tiene el ciudadano JOHNNY OCANDO RINCON, portador de la Cédula de Identidad N° 4.989.187, derivados del Juicio que por PRESTACIONES SOCIALES, pudieran corresponderle, llevado en el expediente No. 15.796, nomenclatura del Tribunal Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de esta Circunscripción Judicial (Tribunal de la Causa), donde el mencionado ciudadano funge como parte demandante, hasta cubrir la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,00), dejándose en este acto, consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado. Todo ello de conformidad con el contenido del artículo 593, segundo aparte, del Código de Procedimiento Civil (CPC). SEGUNDO: Se le hace saber a la Notificada (Juez Temporal del Tribunal de la Causa), que la cantidad a retener, para el momento en que se cause, derivada del concepto establecido en la presenta acta y que asciende a la cantidad TREINTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 30.000.000,00), deberá ser remitida en la figura de Cheque de Gerencia a nombre y a la orden del CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ZULIA, a los fines de su correspondiente Depósito Judicial. TERCERO: Cumplida como ha sido la presente comisión y tal como fuere solicitado por la parte actora, se ordena la remisión de la presente acta con sus respectivas resultas al Tribunal de la Causa. Siendo las DOCE Y QUINCE HORAS DE LA TARDE (12:15 p.m.), terminó el acto, es todo, se leyó y conformes firman.-----------------------------------


EL JUEZ,


ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.



LA NOTIFICADA (JUEZ TEMPORAL DEL TRIBUNAL),




LA ABOGADA EN EJERCICIO ACTORA,




LA SECRETARIA,


ABOG. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ