REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO
MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
196° Y 147°
En horas de Despacho del día de hoy Dieciséis (16) de Noviembre de dos mil seis (2.006), siendo las Once y diez (11:10Am) horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto y a señalamiento e indicación de la abogada en ejercicio y de este domicilio KARINA VALLES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 65525, en su carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSE GREGORIO ARIAS, y presente en este acto, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las oficinas del RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, ubicadas en la avenida 16 (Guajira), en Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO UNDECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguido por la ciudadana KARINA VALLES, endosataria en Procuración del ciudadano JOSE GREGORIO ARIAS, titular de cédula de identidad N° V-9.714.401, contra el ciudadano JAVIER OBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.445.260. Presente el (la) ciudadano (a): MARIA SILVA, Venezolano (a) mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°4.517.409 y quien dijo proceder con de carácter de Jefe de Nomina de la oficinas donde se esta constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución, y de la medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el comitente, y señalada por la parte actora sobre las Prestaciones Sociales, que le puedan corresponder al ciudadano JAVIER OBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.445.260, como Obrero al Servicio de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA, en caso de despido, retiro voluntario, muerte o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.4.875.000,oo). Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el haber antes señalado, hasta cubrir el monto indicado, dentro de los parámetros establecidos en el Articulo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo y advirtió al Notificado (a) de la obligación en que ésta de deducir dicha cantidad de dinero, la cual deberá ser depositada en la Cuenta Corriente N° 0060650000002268, del BANCO BANFOANDES, a nombre del JUZGADO UNDECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (Expediente N° 1432-2005). En este estado, el (la) Notificado (a), con el carácter señalado, expuso: “ 1) En nombre de mi representada, me doy por notificado (a) de la presente medida, a reserva de verificar si dicho demandado, ciudadano JAVIER OBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.445.256, es o no Obrero al Servicio de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA. 2) Si no existe alguna otra medida practicada con antelación a la presente y 3) Cualquier otra circunstancia que derive de la misma. El Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas, ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la CONSTITUCION NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, que consagra la gratuidad de la justicia. Este acto finalizó a las Once y veinte (11:20Am) horas de la mañana, leyéndose y conformes firman.
LA JUEZA:
ABOG. SURMA RODRIGUEZ DE BURGOS
EL (LA) NOTIFICADO (A):
FIRMA ILEGIBLE

LA ENSOSATARIA EN PROCURACION:
FIRMA ILEGIBLE
LA SECRETARIA.
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V.

SRdeB/nlr.-
Comisión N° 3239-2006.-