En horas de despacho del día de hoy 08 de Noviembre del año dos mil seis, siendo las 11:20 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la TRANSPORTE MARINO, ubicado en la avenida 5 San Francisco, sector el Bajo al lado de Transcoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 03.- Con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana DORCA JOSEFINA ALBORNOZ ZULETA, portadora de la Cédula de Identidad No. 7.773.379, actuando a favor de los niños y/o adolescentes JEAN CARLOS JHONATAN JOSE, ALICIA PAOLA Y ANDREINA ANYLETH FINOL ALBORNOZ en contra el ciudadano JUAN CARLOS FINOL JARAMILLO, portador de la Cédula de Identidad No. 9.778.479.- En este estado presente el ciudadano (a): FRANCELA MAVAREZ, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 10.453.992, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE DE REL. INDUSTRIALES.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, ORDENO RETENER: sobre A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de los sueldos o salarios que devenga el ciudadano JUAN CARLOS FINOL JARAMILLO, como Trabajador de la Empresa Transporte Marino, reportado con la Contratista Astilleros del Golfo.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las utilidades o bonos especiales.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) Aguinaldos o Bonificación especial de fin de año.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales. Fideicomiso, Caja de Ahorros, adelanto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso y sus intereses, Caja de Ahorro o cualquier otra cantidad que le corresponda al ciudadano demandado JUAN CARLOS FINOL JARAMILLO, portador de la Cédula de Identidad No 9.778.479, en caso de despido, incapacidad, jubilaciones, retiro voluntario o por muerte. E) EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos y útiles escolares.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, C, y E” deberán ser entregadas directamente a la demandante ciudadana DORCA JOSEFINA ALBORNOZ ZULETA, portadora de la Cédula de Identidad No. 7.773.379, o remitirlas al Juzgado de la causa y las retenidas en el literal “D” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA No 03. EXP: 8929.- Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el ciudadano demandado antes mencionado, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:25 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): LA SECRETARIA ACC:
|