REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 3379-06

En horas de despacho del día de hoy 07 de Noviembre del año dos mil seis, siendo las 10:10 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la PROCURADURÍA del Estado Zulia, ubicada en la Calle Obispolazo, Edificio Don Diego, diagonal a la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 04.- Con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana MARYULIN LUZ FUENMAYOR NOGUERA, portadora de la Cédula de Identidad No. 15.559.125, en relación con el niño MOISÉS DAVID MATOS FUENMAYOR en contra el ciudadano EDGAR JOSE MATOS PEROZO, portador de la Cédula de Identidad No. 16.606.293.- En este estado presente el ciudadano (a): CARMEN PIÑA, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 13.480.777, quien se identificó con el carácter de: ABOGADA SUSTITUTA.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, ORDENO RETENER: sobre A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el reclamado de autos ciudadano EDGAR JOSE MATOS PEROZO, como OFICIAL al servicio de la POLICIA REGIONAL, adscrito a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año.- C) En caso de que el reclamado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales. Fideicomiso, Caja de Ahorros, adelanto de Prestaciones Sociales que le pueda corresponder al ciudadano demandado EDGAR JOSE MATOS PEROZO, portador de la Cédula de Identidad No 16.606.293, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, C” deberán ser entregadas directamente a la demandante ciudadana MARYULIN LUZ FUENMAYOR NOGUERA, portadora de la Cédula de Identidad No. 15.559.125, o remitirlas al Juzgado de la causa y las retenidas en el literal “D” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA No 04. EXP: 09881.- Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el ciudadano demandado antes mencionado, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10: 15 AM.-

LA JUEZ:




EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: