REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 3376-06

En el día de hoy, 07 de Noviembre del año dos mil seis, siendo las 11:00AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las oficinas de P.D.V.S.A, ubicadas en el Edificio Miranda, Avenida La Limpia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA No 01, con motivo del Juicio de RECLAMACIÓN ALIMENTARIA seguido por la ciudadana CARMEN ALICIA RIVAS GONZALEZ titular de la Cédula de Identidad No. 13.001.644, a favor del niño CESAR ANDRES CASTEJON RIVAS contra el ciudadano CESAR RAMON CASTEJON VALBUENA, titular de la Cédula de Identidad No. 13.524.352.- En este estado presente el ciudadano (a): ANA AVILA, titular de la Cédula de Identidad No. 7.624.020, quién se identifico con el carácter de ABOGADA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado Decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO: sobre; A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, Cesta Ticket, Horas Extras que le corresponda al ciudadano CESAR RAMON CASTEJON VALBUENA, portador de la Cédula de Identidad No. 13.524.352, como Obrero al servicio de la empresa P.D.V.S.A. PETROLEO S.A. B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre Vacaciones y/o Bono Vacacional. C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre Bonos Nocturnos.- D) En caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) caja de ahorros, Prestaciones Sociales, en caso de despido, jubilación o muerte y sobre cualquier otro ingreso o aumento que pueda corresponderle al obligado por haber terminado su relación laboral. Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y D” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos ciudadana CARMEN ALICIA RIVAS GONZALEZ , portadora de la Cédula de Identidad No. 13.001.644, o remitirlas al Juzgado de la causa, y las retenidas en el literal “E”, remitirlas en de Cheque de Gerencia a la orden del JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 01. EXP. No. 9478.- Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a las notificaciones impartidas por la Sala de Protección de las cuales doy a mi representada por notificada. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba indicados. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:15 AM.-


LA JUEZ,


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO: