En el día de hoy veintiocho (28) de noviembre de dos mil seis (2006), siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana (9:40 AM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por una oficina, ubicada en el Centro Comercial Socuy, Torre Socuy, No. 67-46, piso 8, ubicada en la avenida 4 (Bella Vista), entre calles 67 y 68, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, donde funciona Escritorio Jurídico Socuy, sitio señalado por los apoderados judiciales de la parte actora abogados JESÚS TINEO MORENO y GUSTAVO ADOLFO ARDIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 3.453.074 y 7.769.919, respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 8.356 y 34.109, respectivamente, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por PARTICIÓN DE LOS BIENES HEREDITARIOS, sigue la ciudadana ANA MARIA DI GIOVANNI viuda de CAMACHO Y OTROS, en contra de los ciudadanos GINA MARIA Y SEAN ALLAN CAMACHO MAC LEAN. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana ANA MARIA DI GIOVANNI DE CAMACHO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 5.281.199, quien se identificó como Vicepresidente Administrativo de la empresa SU SERVICIOS C.A. (SUSECA). En este estado presentes los apoderados judiciales de la parte actora abogados JESÚS TINEO MORENO y GUSTAVO ADOLFO ARDIN, antes identificados, expusieron: “Ponemos de manifiesto al Tribunal el Libro de Accionistas de SU SERVICIOS C.A. (SUSECA), donde se refleja el número de acciones a ser secuestradas, igualmente ponemos de manifiesto el Libro de Actas de Asamblea de dicha compañía, en la cual se encuentra transcrita el Acta Constitutiva y los sucesivos Aumentos de Capital que ha tenido la misma, en los cuales, ambos libros se precisa que la mencionada empresa tiene un capital de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.500.000.000,00), representado en DOS MILLONES QUINIENTAS MIL ACCIONES (2.500.000), con un valor nominal de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00), cada una, sobre las cuáles solicitamos del Tribunal Ejecute la medida de secuestro para la cual fue comisionado, imponiéndole el juramento de Ley a la depositaria judicial designada, y asuma las funciones de secuestrataria de las acciones a secuestrar; Igualmente solicitamos del Tribunal Estampe una nota en los respectivos libros de la ejecución de la medida que solicitamos; y para mayor seguridad e inteligencia de la misma, solicitamos al Tribunal se oficie al Registrador Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, participándole de la ejecución de la medida de secuestro a que se refieren estas actuaciones, y que dicho oficio sea agregado al expediente No. 21652, perteneciente a la mencionada empresa SU SERVICIOS C.A. (SUSECA), bajo el cual se encuentra registrada dicha empresa ante el mencionado registro mercantil”. Acto seguido el Tribunal procede a juramentar a la Depositaria Judicial designada por el Juzgado de la causa, ciudadana ANA MARIA DI GIOVANNI DE CAMACHO, antes identificada, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentada por el Tribunal de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, y teniendo a la vista los libros de Accionistas y de Asamblea de la empresa SU SERVICIOS C.A. (SUSECA), declara formalmente SECUESTRADAS, la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTAS MIL ACCIONES (2.500.000), las cuales poseen un valor nominal de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), cada una, haciendo formal entrega de las mismas a la depositaria judicial designada ciudadana ANA MARIA DI GIOVANNI DE CAMACHO, antes identificada, quien declara recibirlas en este acto. Seguidamente el Tribunal procede a estampar en este acto una nota en libro de accionistas con la finalidad de que quede constancia de la medida de secuestro ejecutada en este acto; asimismo ordena oficiar al Registrador Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de que notificarle de la ejecución de la presente medida de secuestro para que el mismo sea agregado al expediente mercantil signado con el No. 21.652, llevado en dicha oficina. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido ningún tipo de emolumentos, ni pago, ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Se ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once de la mañana (11:00 AM) del día de hoy. LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA – VICEPRESIDENTE ADMINISTRATIVO
DE SU SERVICIOS C.A. (SUSECA).



LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO