REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
En el día de hoy, Ocho (08) de Noviembre del año dos mil seis (2006), siendo las Once y cuarenta (11:40) minutos de la mañana día y hora fijada por el tribunal para llevar a efecto la ejecución de la medida preventiva de embargo decretada en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguido por la SOCIEDAD MERCANTIL ATLANTIDA INTERNACIONAL C.A, contra la SOCIEDAD MERCANTIL SEA TECH DE VENEZUELA C.A, por ante el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con sede en Maracaibo, y para la cual fue comisionado este tribunal.- A señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado en ejercicio MARCEL CUEVA MENDEZ, titular de la cedula de identidad numeró-15.531.196 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero. 111.821, se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas en la sede de la empresa la SOCIEDAD MERCANTIL SEA TECH DE VENEZUELA S.A, ubicada en el Muelle Flag en la calle Independencia, Sector las Morochas en ciudad Ojeda Municipio lagunillas del estado Zulia.- Una vez alli constituido se procedió a imponer y notificar del objeto de su traslado al ciudadano FRANCISCO DOMINGO SARRI, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V-5.533.690 en su carácter de Vicepresidente Ejecutivo de la empresa demandada la SOCIEDAD MERCANTIL SEA TECH DE VENEZUELA S.A.-