REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 4152
En el día de hoy ocho ( 08 ) de Noviembre de 2.006, siendo las once y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Hermanos Calles ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO Nº 1. JUEZ UNIPERSONAL Nº 1 con sede en Cabimas. En el Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana MARITZA AUXILIADORA ALVAREZ MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.951.716 en contra del ciudadano ENRIQUE JOSE MENCIA MORALES, titular de la cedula de identidad Nº V-5.727.504. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) PEDRO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.723.968, en su condición de vendedor. En este estado presente la ciudadana MARITZA AUXILIADORA ALVAREZ MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.951.716, asistida en este acto por la Defensora Publica Primera, abogada DIAMELIS SANCHEZ , inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52261 Expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.