REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 4248

En el día de hoy seis ( 06 ) de Noviembre de dos mil seis (2.006), siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, acompañado de la abogada MARY CARMEN CARRION, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.643, titular de la cedula de identidad Nº 12.330.671, en su condición de de apoderado Judicial de la parte demandante Empresa PDVSA PETROLEO S.A, según se evidencia de documento poder presentado ad efectum videndi y consigna copia fotostática del mismo, en un inmueble ubicado en el sector Lagunillas del Estado Zulia, casa Nº 02 de la Urbanización Carabobo juridiccion del Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar medida de Secuestro decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Cabimas, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por la empresa PDVSA PETROLEO S.A, contra la ciudadana LUIS MARTINEZ MARTINEZ. Seguidamente el tribunal una vez trasladado Y constitución en lugar al ciudadano LUIS MARTINEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.888.199, PARTE DEMANDANTE. En este estado estando presente la apoderada actora ya identificada expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de secuestro decretada por el tribunal de la causa, sobre el inmueble donde se encuentra constituido.