República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores,
Villalba y Península de Macanao.
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Porlamar, 13 de Noviembre de 2006
196º y 147º
El presente juicio se inició por demanda intentada por la Ciudadana YASMIN CAROLINA HERNANDEZ CALVOS, asistida por la abogada en ejercicio MARIALYS LISTA BRITO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 83.599, de este domicilio, con motivo de la acción de COBRO DE BOLIVARES (TRANSITO), por la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.600.000,oo), a través del cual demanda a los ciudadanos WILLIAN ANTONIO GALLO CHACIN Y BASILIO GARAGOTE MEJIAS para que paguen la suma deudora, y las costas y costos del proceso.-
Seguidamente, por ser la perención de la instancia una institución de orden público que puede ser declarada por el Tribunal aún de oficio, tal como lo establece el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, se pasa a verificar si efectivamente, en el presente proceso se ha operado la misma, y lo hace de la siguiente forma:
Que dicha demanda se admitió en fecha 16-09-2006, y se libraron las respectivas boletas de citación, y desde esa fecha hasta día de hoy, ha transcurrido más de un año, sin que la parte actora impulsara la citación de los codemandados.-
Por tanto, al no existir actividad procesal alguna en el presente caso, dirigida a movilizar y mantener el curso del proceso, durante un lapso mayor de un año, evitando con ello su eventual paralización, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para este Tribunal, declarar de oficio la PERENCIÓN de la instancia y así se decide.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.-
Decisión que se toma administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.-
EL JUEZ
ALBERTO RAUSSEO VALDERRAMA
LA SECRETARIA
WINIFRED FRENDIN G.
ARV-wfg-arsm.-
CAUSA N° 1.062-05
Interlocutoria/perención
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