REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 20 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2004-000218
ASUNTO : NP01-P-2004-000286


Visto el escrito suscrito por el Director y la Asesora Jurídica del Internado Judicial de Monagas, mediante el cual solicitan autorización para que el penado a ESPINOZA ORTIZ MELVIN JOSE, labore como Ordenanza sin custodia, hasta el anexo Femenino , para Buscar comida de los internos que se encuentran detenidos en el anexo de obrero, ello conforme a la aprobación realizada en fecha 14-10-2006, por la Junta de Conducta de dicho establecimiento, dada la progresividad laboral y conductual del aludido penado; este órgano decisor por no ser contrario a derecho lo solicitado y en resguardo al Derecho al Trabajo, derecho consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, , acuerda autorizar al penado ESPINOZA ORTIZ MELVIN JOSE, venezolano,. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°:12.319.091, para que preste sus labores como Ordenanza sin custodia, hasta el anexo Femenino, para Buscar comida de los internos que se encuentran detenidos en el anexo de obrero de dicho centro penitenciario. Así se decide. Notifíquese. Hágase lo conducente. Cúmplase.




El Juez


ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

La Secretaria.

Abg. Sulay Marcano.