REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 16 de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000824
PARTE ACTORA: JENNY CAROLINA BADELL ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Tamara Bonaccorso, Inpreabogado: 77.135
PARTE DEMANDADA: FUNDAEDUCA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Glennis Fuenmayor; Inpreabogado: 84.312.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Hoy, 16 de noviembre de 2006, siendo las 3:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas JENNY CAROLINA BADELL ROMERO, asistida por su apoderada judicial abogada Tamara Bonaccorso, Inpreabogado: 77.135, en su condición de parte actora; y FUNDAEDUCA en su condición de parte demandada, representada por su apoderada judicial abogado Glenis Beatriz Fuenmayor, Inpreabogado: 84.312; igualmente se encuentra presente el profesional del derecho abogado Oscar Alcala, Inpreabogado: 30.887, en representación del Procurador General del estado Zulia; celebrándose la prolongación de la audiencia, donde las partes después de múltiples reuniones en los actos de prolongación de la audiencia preliminar donde se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado; las mismas, con la intervención mediadora de la ciudadana Juez que preside este acto, han llegado un acuerdo de transacción, que se especifica mediante escrito que consignan en este acto para ser agregado al expediente y que forma parte de esta acta, constante de 04 folios útiles; ahora bien visto que el acuerdo de las partes no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, y por cuando la trabajadora debidamente asistida actúo libre de constreñimiento, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se declara terminado el proceso y el archivo definitivo del expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Es todo y conformes firman.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith del Carmen Castro.
La Trabajadora y su apoderada Representantes de la parte demandada
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