REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, quince de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: VP01-L-2006-000614

Vista la diligencia de fecha nueve (9) de Noviembre de 2006, presentada por el apoderado judicial abogado José Morales, Inpreabogado N° 85.985 en representación de los ciudadanos JUAN JIMENEZ y HENRY SOTO, mediante el cual Desisten del procedimiento, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Asimismo da por terminado el presente asunto y se ordena la entrega de las pruebas.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria,