REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diez de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: VP01-S-2006-223
Visto el escrito presentado ante la Unidad de Recepción de Documentos, de este Circuito Judicial Laboral , en fecha Primero (1) de Noviembre de 2.006, y recibido por este tribunal en la presente fecha, donde, el Ciudadano JOSE BALDEMAR GONZALEZ parte actora en el presente asunto suficientemente identificado en autos, y debidamente asistido por el ciudadano abogado en ejercicio Marcelo Marín impreabogados numero:89.878 deja expresa constancia del desistimiento del procedimiento, en el presente asunto, es por lo que, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento del mismo. ; Se imparte su aprobación pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA. Igualmente se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Declarando terminado el presente procedimiento en el juicio que por SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO sigue el ciudadano José Baldemar González Pulgar en contra de LUFKIN DE VENEZUELA S.A.. Ordenándose el archivo del presente expediente.-
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abog. Frank Guanipa
La Secretaria
¨2006, Año Bicentenario del Juramento del Generalísimo Francisco de Miranda.
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