REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, quince de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: VP01-L-2006-001430

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana Abogada NORELLY DONADO, quien actuando en su acreditado carácter de Apoderada Actora (y contando con facultad expresa para ello) procede a desistir en nombre de su representado ciudadano CARLOS RONDÓN, titular de la Cédula de Identidad No. 7.603.540, del presente procedimiento por reclamo de prestaciones incoado por su patrocinado en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA REUZ C.A., este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho desistimiento, impartiéndole su aprobación y dándole el carácter de Cosa Juzgada. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del presente expediente. Así se decide.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria

Abog. Yasmely Borrego