REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-T-2005-000039

PARTE ACTORA: JULIA MERCEDES HERNÁNDEZ DE ELIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.427.252, de este domicilio.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SALOMÓN ESPINA, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 9.228, de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: Empresa CONBIENES FINALVEN, ciudadana AMARILIS ESTHER CLARAZA ANILLO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.833.240 y la ciudadana LEYDA COROMOTO RAMOS ORELLANA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 10.121.113, mayor de edad, de este domicilio.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO POR TRANSITO (Daños y Perjuicios).
LA SUSCRITA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, MARILUZ JOSEFINA PÉREZ, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Se inició el presente juicio de TRANSITO (Daños y Perjuicios), intentado por la ciudadana JULIA MERCEDES HERNÁNDEZ DE ELIAZ, contra la Empresa COMBIENES FINALVEN, en la persona de la ciudadana AMARILIS ESTHER CLARAZA ANILLO, en su condición de Co-propietaria, y a la ciudadana LEYDA COROMOTO RAMOS ORELLANA, en su carácter de conductora. En fecha 28/04/2.005, este Tribunal admitió la presente demanda (f. 19).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de este Tribunal, fue en fecha 28/04/2.005, donde admitió la presente demanda, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de TRANSITO (Daños y Perjuicios), intentado por la ciudadana JULIA MERCEDES HERNÁNDEZ DE ELIAZ, contra la Empresa COMBIENES FINALVEN, en la persona de la ciudadana AMARILIS ESTHER CLARAZA ANILLO, en su condición de Co-propietaria, y a la ciudadana LEYDA COROMOTO RAMOS ORELLANA, en su carácter de conductora, antes identificados.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los cuatro (04) días del mes de Mayo de dos mil seis. AÑOS: 196° y 147°.
La Juez Suplente Especial
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Secretaria