REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2005-012804

En fecha 17/10/2005, el ciudadano REYES PASTOR CHAVIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.355.237, de este domicilio, debidamente asistida por la abogado MARIA FERNANDA CHAVIEL LOPEZ, de Inpreabogado N°. 102.161, presentó escrito en el cual solicita la rectificación de su Acta de Nacimiento, en el sentido de que aparece por error el apellido de su madre como CHABIEL, siendo lo correcto CHAVIEL. En fecha 07/11/2005 se admitió la solicitud sumariamente y ordenó notificar al Ministerio Público. En fecha 25/11/2005 el Alguacil consignó boleta firmada por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público. En fecha 29/11/2005 se dictó auto ordenando consignar copia certificada del acta de nacimiento emanada de la Jefatura Civil. En fecha 22/05/2006 la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Pública, Dra. MARIELA VILORIA, presentó escrito emitiendo opinión favorable a la solicitud. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados copia certificada del acta de nacimiento emanada del Registro Principal del Estado Lara y de la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, los cuales aprecian este Tribunal de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, de los mismos se evidencia el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano REYES PASTOR CHAVIEL. En consecuencia, se ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar las correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento asentada bajo el Nro. 2938, folio 284 del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1958, en el sentido de que aparezca el apellido de la madre como CHAVIEL.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil seis. Años: 195° y 146°.
La Juez Suplente


Mariluz Josefina Pérez


La Secretaria Acc.


Ligia Díaz de Sánchez
En la misma fecha se dejó copia.

La Sec. Acc.

MJP/lddes/maria elisa