REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 12 de Mayo de 2006
196° y 147°
DECISIÓN No. 244-06.- CAUSA No- 7E-111-05.
Visto el oficio Nº 003097 de fecha 05-05-2006, expedida por la Cárcel Nacional de Maracaibo, Departamento de Asesoria Jurídica, en la cual informa que el penado FRANKLIN JESÚS ÁLVAREZ MÁRQUEZ, cumplirá la Pena Principal el día 14-05-06 y visto el Computo de Pena de fecha 27-10-05 en la cual consta que el mencionado penado cumple la Pena Principal el día 14-05-06 .-Este Tribunal de Ejecución de conformidad con el ordinal 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 105 del Código Penal, considera procedente declarar la Extinción de la Pena por Pena Principal Cumplida , por lo cual hace previa las siguientes consideraciones:
Consta en actas que el penado FRANKLIN JESÚS ÁLVAREZ MÁRQUEZ, fue condenado en fecha 29-09-05, por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 456 ultimo aparte del Código penal, cometido en perjuicio de la ciudadana JANET COROMOTO MENDEZ LUJANO.
Ahora bien, por cuanto se observa que el computo de Pena de fecha de fecha 27-10-05, el cual corre inserto al folio 101 de la presente causa, realizado por este Tribunal Séptimo de Ejecución, en el cual consta que el mencionado penado cumple la Pena Principal el día 14-05-06, es por lo que considera esta Juzgadora, procedente declarar la Extinción de la Pena por Pena Principal Cumplida, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado FRANKLIN JESÚS ÁLVAREZ MÁRQUEZ, quien la cumplirá el día 14-05-06, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 01-02-84, de 22 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Pintor, titular de la cedula de identidad N° 22.146.259, residenciado en Cañada Honda, ave. 40ª, frente al Galpón 1, Municipio Maracaibo , Estado Zulia, en la causa seguida en su contra, por la comisión del delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 456 ultimo aparte del Código penal, cometido en perjuicio de la ciudadana JANET COROMOTO MENDEZ LUJANO, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sujeto a la Sujeción a la Vigilancia, hasta el día 26-07-2006.- Librese Boleta de Excarcelación al referido penado, Ofíciese, Regístrese, Notifíquese -
LA JUEZ,
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE.
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA AÑEZ A.
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 244-06, se libraron oficios N° 2230-06 con boleta de Excarcelación y 2234-6 a la Cárcel Nacional, departamento de Reseña y se libraron boletas de notificación bajo los Nos.469-06, 470-06 y 471-06 con oficio No.2232-06, al Departamento de Alguacilazgo.-
LA SECRETARIA,
MMA/bh.-
CAUSA N° 7E-111-05.
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