REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 02 de Mayo de 2006
196° y 147°
Resolución No. 167-06 Causa No. 4E-064-02
Vista el Acta de Defunción suscrita por la Abog. GENOVEVA DAAL CHIRINOS, Jefe Civil de la Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de fecha 18-02-06, correspondiente al penado quien en vida respondiera al nombre de RICHARD ENRIQUE PIRELA TORRES, titular de la cédula de identidad No. V-22.542.178, este Juzgador considera: Que en dicha Acta de Defunción, se deja constancia que el penado RICHARD ENRIQUE PIRELA TORRES, falleció a consecuencia de LESION ENCEFALICA CON FRACTURA CRANEAL, HERIDA CON ARMA DE FUEGO.
Ahora bien como quiera que el mencionado penado se encontraba gozando del Beneficio de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Penitenciario, en concordancia con el articulo 501 Primero y Cuarto Aparte del Código Orgánico Procesal Penal, otorgado en fecha 19 de Diciembre del año 2005, según Decisión No. 806-05, razón por la cual este Juzgado de Ejecución; por lo que lo procedente en Derecho es declarar la EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE al mencionado penado. Y ASI SE DECLARA.-
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARAR LA EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE de quien en vida respondiera al nombre RICHARD ENRIQUE PIRELA TORRES, titular de la cédula de identidad No. V-22.542.178, de conformidad con el artículo 103 único aparte del Código Penal; y 48 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal. A tales efectos líbrese Ofíciese al Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario notificándoles de la presente resolución; y Boleta de Notificación al Defensor Público Abog. GERARDO SANCHEZ.- Regístrese la presente Resolución.-
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. VICTOR FONSECA
EL SECRETARIO,
ABOG. ENDER ALAÑA
En la misma fecha se Registro la presente bajo el No.167-06 y se oficio bajo los Nos.1313-06, 1314-06 y 1315-06.-
EL SECRETARIO,
VF/vm
Causa N° 4E-064-02
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