REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
 
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
 
SAN FRANCISCO, 24 DE MAYO DE 2006
 
196°  y  147°
 
 
 
Decisión N°  857-06.-                                                              Causa N° 8C-284-05.-
 
 
 
Vista la solicitud por parte del Defensor Publico N° 37 Dr. ROLANDO PRIETO, asistiendo en el acto al ciudadano LUIS EDUARDO SÁEZ NEVADA, en el cual solicita le sean extendidas   las presentaciones al mencionado ciudadano, por ante este Tribunal; se procede a resolver de la siguiente manera:
 
 
PRIMERO
 
 
Observa este Tribunal que en fecha 03-10-2005, fue presentado  por ante este Tribunal por parte de la Fiscalia Cuadragésima Sexta del Ministerio Publico  el imputado LUIS EDUARDO SÁEZ NEVADA,  por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD,  considerando el Tribunal que para ese momento procedía Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista y sancionada  en el  artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y cumplido los requisitos exigidos le fue otorgada la misma.
 
 
SEGUNDO
 
 
Asimismo, observa este Tribunal que de la revisión realizada a los libros de presentaciones llevado por ante este Despacho  específicamente el Libro VI, pagina 375, se evidencia que el imputado de autos ha cumplido con sus presentaciones en forma constante, por lo que se considera procedente declarar con lugar la solicitud interpuesta; y en consecuencia, se extiende el lapso de presentaciones una vez cada SESENTA DÍAS (60) días, modificando la obligación impuesta por este Tribunal, de presentarse cada TREINTA DÍAS (30) días por ante este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE. 
 
 
 
DISPOSITIVA
 
 
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, decide: EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES UNA VEZ CADA SESENTA  (60) DÍAS POR ANTE ESTE TRIBUNAL al imputado LUIS EDUARDO SÁEZ NEVADA, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 en concordancia con  articulo 256 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
 
Regístrese, publíquese, diarícese y notifíquese.- 
 
LA JUEZ OCTAVO DE CONTROL,
 
 
 
DRA. DORIS NARDINI RIVAS. 
 
LA SECRETARIA,
 
 
 
ABOG. INGRID GERALDINO.
 
 
 
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta decisión y se ofició al Departamento de Alguacilazgo para la notificación de las partes. 
 
 
 
LA SECRETARIA,
 
 
 
 
 
 
 
Ivonne.-
 
 
 
 
 
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