REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, Treinta y uno (31) de Mayo de 2006
196° y 147°
Decisión No. 2001-06 Causa No. 6C-4395-05

Vista la Solicitud realizada por la Abogada ZULIMA PÉREZ, Defensora Publica Trigésima Tercera Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensora del imputado CARLOS URBINA, este Tribunal para decidir observa:

En fecha 18-05-2005, la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público, hizo Acto de Presentación del Ciudadano CARLOS URBINA, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, cometido en perjuicio de P.D.V.S.A.; en esa misma fecha este Tribunal de Control decretó según decisión N° 914-05, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de la contenida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesa Penal y se decretó el Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 373 ejusdem a favor del Ciudadano CARLOS URBINA.

En fecha diecinueve de mayo del año dos mil seis, se recibió solicitud de la Defensora Pública Trigésima tercera de extensión de las presentaciones impuestas a su defendido el Ciudadano CARLOS URBINA, en virtud de que el mismo ha venido cumpliendo con las mismas a cabalidad, por lo cual, este Tribunal tomando en cuenta lo anteriormente expuesto y después de verificar las presentaciones del mencionado Imputado acuerda extender el lapso de las presentaciones a favor del Ciudadano CARLOS URBINA a cada sesenta (60) días. Por considerarlo conveniente y por haber cumplido con lo impuesto por ante este Tribunal. ASÍ SE DECIDE.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EXTENDER EL LAPSO DE LAS PRESENTACIONES, a cada sesenta (60) días por ante este Tribunal al ciudadano CARLOS URBINA.

LA JUEZ SEXTA DE CONTROL

VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS
LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA GONZÁLEZ
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el Nº 2001-06.
LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA GONZÁLEZ