REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Maracaibo, Diecisiete (17) de Mayo de 2006
196º y 147º
RESOLUCIÓN N° 1907-06
Causa: 6C-4200-05

Vista la comunicación Nº 24-F5-06-1341, emanada de la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en donde informa a este Despacho que en fecha cinco de mayo del año dos mil seis (05-05-2006) decretó el Archivo Fiscal de conformidad a lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en este sentido este Tribunal para decidir observa:

En fecha seis de abril del año dos mil cinco (06-04-2005), se recibe de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público actuaciones en contra del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.748.418, por la comisión de delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código penal, cometido en perjuicio del Estacionamiento ESJUSURCA, donde según decisión 667-05 de esa misma fecha este Juzgado Sexto de Control decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de la Contenida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y se remitieron las actuaciones para la Fiscalia Vigésima Sexta del Ministerio Público para los fines legales consiguientes.-

En fecha quince de noviembre del año dos mil cinco (15-11-2005) se recibió escrito suscrito por la Abogada CARMEN ELENA ROMERO HOMEZ, Defensora Pública Sexta adscrita a la unidad de Defensoria Pública del Estado Zulia, procediendo con el carácter de Defensora del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO, donde solicita la Conclusión de la Fase de Investigación de conformidad a lo establecido en el artículo 311 el Código Orgánico Procesa Penal; razón por lo cual este Juzgado Sexto de Control acordó mediante auto de fecha 24-11-2005, se fijo acto de Audiencia Oral, la cual se llevo a cabo en fecha 20-03-2006, donde se le otorgó a la Representación Fiscal un lapso de sesenta días para que dicte el respectivo acto conclusivo.

Ahora bien en fecha once de mayo del año en curso (11-05-2006) se recibió y se le dio entrada a oficio signado con el N° 24-F5-06-1341, emitido de la Fiscalia Quinta del Ministerio Público en la cual informan a este Despacho que en esa misma fecha se decreto EL ARCHIVO FISCAL de la presente causa en favor del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.748.418, de conformidad con lo establecido en el artículo 315° del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que, es procedente en derecho ACORDAR EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO. Y ASÍ SE DECIDE.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO, por haber Decretado el Fiscal Quinta del Ministerio Público en fecha 05-05-2006 el ARCHIVO FISCAL, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA. Regístrese la presente Resolución, notifíquese a las partes interesadas y remítase en la oportunidad legal correspondiente al Archivo Judicial.

LA JUEZ SEXTA DE CONTROL,

VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS
LA SECRETARIA

ABG. MARÍA GONZÁLEZ

En la misma fecha se registró la Decisión bajo el N° 1907-06 se libraron las correspondientes Boletas de Notificación y el oficio signado con el N° 1804-06.
LA SECRETARÍA

ABG. MARÍA GONZALEZ









VAB/ Beth
Causa N° 6C-4200-05
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Maracaibo; Diecisiete (17) de Mayo de 2006
195º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica al ciudadano FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PUBLICO, que este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, bajo decisión N° 1907-06, de esta misma fecha, Decretó el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.748.418 en la causa seguida en su contra por la comisión de delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código penal, cometido en perjuicio del Estacionamiento ESJUSURCA por haber Decretado su Despacho, en fecha 05-05-2006 el ARCHIVO FISCAL, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se le informa que deberá notificar a la victima sobre lo decidido.-
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN,

VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS
JUEZ SEXTA DE CONTROL,
EL NOTIFICADO,
FIRMA:_____________________FECHA:__________________ HORA:__________
VAB/ Beth
Causa Nº 6C-4200-05
Causa: N° 24-F5-0603-05

2006: AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALÍSIMO Francisco DE MIRANDA Y DE LA
PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA Y DEL PODER POPULAR

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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Maracaibo, Diecisiete (17) de Mayo de 2006
195º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica a la Abogada CARMEN ELENA ROMERO HÓMEZ, Defensora pública Sexta adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, que este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, bajo decisión N° 1907-06, de esta misma fecha, Decretó el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de su defendido el Ciudadano del Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO titular de la cédula de identidad N° V.- 15.748.418, por haber Decretado la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en fecha 05-05-2006 el ARCHIVO FISCAL, en la causa seguida en contra del mismo por la comisión de delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código penal, cometido en perjuicio del Estacionamiento ESJUSURCA de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN,

VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS
JUEZ SEXTA DE CONTROL,
EL NOTIFICADO,
FIRMA:_____________________FECHA:__________________ HORA:__________
VAB/ Beth
Causa Nº 6C-4200-05


2006: AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALÍSIMO Francisco DE MIRANDA Y DE LA
PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA Y DEL PODER POPULAR
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Maracaibo, Diecisiete (17) de Mayo de 2006
195º y 147º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica Ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.748.418, residenciado En la Avenida Principal San Francisco el Bajo Sector San Miguel, Avenida 5 casa N° 45-70, diagonal a Danny Tanque, Maracaibo-Estado Zulia, que este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, bajo decisión N° 1907-06, de esta misma fecha, Decretó el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a su favor, por haber Decretado la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en fecha 05-05-2006 el ARCHIVO FISCAL, en la causa seguida en su contra, por la comisión de delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código penal, cometido en perjuicio del Estacionamiento ESJUSURCA, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN,

VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS
JUEZ SEXTA DE CONTROL,
EL NOTIFICADO,
FIRMA:_____________________FECHA:__________________ HORA:__________

VAB/ Beth
Causa Nº 6C-4200-05