Vista la diligencia de fecha 10 de Mayo de 2.006, suscrita por el ciudadano AGUSTIN JAVIER CHACIN FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.100.104, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.052 y domiciliado en esta Cuidad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su propio nombre y representación y de este domicilio, parte actora en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION que sigue en contra de la ciudadana LUVINA DE JESUS TROCONIS, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 4.591.869 y domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, donde desiste del procedimiento y solicita le sean devueltos los documento originales consignados.-
Ahora bien, visto el desistimiento efectuado por la parte actora, no siendo el mismo contrario a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres, este Juzgador, lo encuentra conforme y de acuerdo con el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto, lo homologa y le da carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se declara.-
Asimismo se ordena devolver los documentos originales solicitados previa certificación en actas.-
Publíquese. Regístrese. Déjese copia de la misma por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los Ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento y 1.384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los diecinueve (19 ) días del mes de Mayo de dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Suplente Especial:
Abog. Guillermo Infante Lugo
La Secretaria,
Abog, Mariela Pérez de Apollini
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior resolución, siendo las nueve y quince (9:15AM)
La Secretaria.-
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