REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


En horas de Despacho del día de hoy, 19 de Mayo del año dos mil seis, siendo las 10:00 a.m., de conformidad con lo acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS , en las oficinas de la EMPRESA SEIMEL (CONTRATISTA PETROLERA), ubicada en la Barrio El Pedregal Av. 84, con calle 83, No. 93-15, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No.04, con motivo del juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana: LILIANA COROMOTO ALVAREZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No V-12.694.918, en contra: LEONARDO ENRIQUE TORREALBA CANELONES, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.514.253, relación con los niños y/o Adolescente LEXIBETH CHIQUINQUIRA Y LEOSKARYS CHIQUINQUIRA TORREALBA ALVAREZ.- Presente el (la) ciudadano (a): ELVIRA ROSA MENDEZ Q., titular de la cédula de identidad No.5.045.845, quién se identifico con el carácter de:RECEPCIONISTA .- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa a fin de asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaría, tal como lo dispone el artículo 381 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, tal como lo establece el 369 ejusdem, ORDENO RETENER, AL ciudadano: LEONARDO ENRIQUE TORREALBA CANELONES, titular de la cédula de identidad No .V-12.514.253: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario mensual del sueldo que devenga el reclamado de autos al ciudadano: LEONARDO ENRIQUE TORREALBA CANELONES , titular de la cédula de identidad No.V-12.514.253, como empleado al servicio de la CONTRATISTA PETROLERA SEIMEL, B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las utilidades o bonificación de fin de año que le correspondan al demandado para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de Navidad, C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las vacaciones o bono Vacacional, que le pueda corresponder al demandado de autos, D) En el caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de útiles escolares y juguetes retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder al niño y/o adolescentes de autos, E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%), de la Prestaciones Sociales, caja de ahorro y Fideicomiso, retroactivo, o cualquier otra cantidad que pueda corresponder en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal de la causa, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE los conceptos antes establecidos en los literales A, B, C, D, y E, asimismo se le hace saber al Notificado que las cantidades a retener en los literales A, B, C, Y D, deberán ser entregados directamente a la ciudadana: LILIANA COROMOTO ALVAREZ RODRIGUZ , titular de la cédula de identidad No. 12.694.918 o remitirla en cheque de Gerencia al Juzgado de la Causa y los retenidos en los literales “E” deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No.04 ubicado en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no empleado de la CONTRATISTA SEIMEL y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada.- Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta..- - Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:05 A.M.-
LA JUEZA,


ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),


LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL


ZC/gonzalez b.
Comis. No. 3130-2006
Exped. No 08782